Ya es una realidad la Ley POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS QUE PROTEJAN EL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LOS CONSUMIDORES

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Más conocida como la Ley para que dejen de fregar,  ya es una realidad  Ley 2300 de Julio 10 de 2023  "POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS QUE PROTEJAN EL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LOS CONSUMIDORES"

Con el objetivo de proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, y una vez culminado su trámite en el Congreso en sus dos Cámaras  y efectuada la sanción presidencial,  el pasado 10 de julio se expidió la Ley 2300 que establece los canales, el horario y la periodicidad en la que pueden ser contactados los consumidores tanto para realizar gestión de cobranza o Gestión de Ventas y envíos de publicidad, entre otros aspectos.

Aplica no solo para las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, sino también para todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranzas de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación financiera o crediticia.

Lo ley entrará en vigor en un plazo de tres (3) meses contados o partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones anteriores que le sean contrarios.

 

APLICA TAMBIEN PARA LA GESTIÓN DE VENTAS Y PUBLICIDAD

Lo dispuesto en la Ley aplica en todo su alcance para la gestión comercial y venta entre las marcas productoras y proveedoras de bienes y servicios, respecto al envío al consumidor de mensajes a través de mensajes de texto (SMS), mensajería POI- aplicaciones o web, correos electrónicos y llamadas telefónicas.

 

Comencemos por advertir quizá la limitante que más afectará la inteligencia de los modelos de crédito y cobranza la contemplada en el artículo 7.

Reza textualmente el artículo 7 de la Ley: “Las entidades que adelanten gestiones de cobranza deberán abstenerse de consultor al consumidor · financiero el motivo del incumplimiento de lo obligación”.

 

Esta premisa que se muestra tan “inocente” destruye una de las columnas vertebrales de la Gestión de Riesgo: la información de valor que se alimenta con la situación que generó el incumplimiento y si esta es coyuntural o estructural, lo cual además de otras acciones clave, permite la segmentación eficaz y efectiva de los portafolios de clientes, permite elegir los canales de gestión más adecuados, permite el diseño de soluciones a la medida y permite calibrar los modelos de score, y de proyección de provisiones y de recuperación esperada, entre otras.

 

CANALES

Limita la ley los canales por los que podrán contactar a los consumidores, los cuales deben ser autorizados por el cliente previamente. Los mismos deberán ser informados y socializados previamente por parte de las entidades de cobranza con el fin de que los consumidores elijan cuáles autorizan

 

HORARIOS E INTENSIDAD

Respecto a los Horarios y periodicidad, una vez establecido un contacto directo con el consumidor, codeudor, o avalista, se debe mantener en canal por el que el cliente se gestionó. El cliente no podrá ser contactado por parte de gestores de cobranza mediante varios canales dentro de una misma semana.

Tampoco el cliente puede ser contactado en más de una ocasión durante el mismo día.

Es claro que la gestión debe realizarse de manera respetuosa pero especialmente la ley busca garantizar que no se vulnere la intimidad personal, ni familiar del deudor, por eso la ley fijo la franja horaria en la que se puede realizar la gestión, quedando prohibida cualquier gestión con cualquier cliente fuera de ese horario

  • Lunes a viernes y de 7:00 am a 7:00 pm
  • Sábados de 8:00 am a 3:00 pm,
  • Prohibido cualquier tipo de contacto con el consumidor los domingos y días festivos.
  • Se exceptúan de las limitaciones de canales y horarios los contactos que tengan como finalidad informar al consumidor sobre confirmación oportuno de los operaciones monetarios realizados, sobre ahorros voluntarios y cesantías, enviar información solicitado por el consumidor o generar alertas sobre transacciones fraudulentos, inusuales o sospechosos.

En caso de que el consumidor requiera ser contactado en horarios distintos a los establecidos deberá manifestarlo expresamente a través de un instrumento distinto al pagaré o contrato o acto que rige la relación jurídica entre el consumidor y el gestor de cobranza y posterior a la suscripción del mismo.

  • Queda prohibido contactar a las referencias personales o de otra índole. Para la contactabilidad de los avalistas, codeudores y deudores solidarios aplicarán las mismas condiciones.
  • Queda prohibido adelantar gestiones de venta, y cobranza mediante visitas al domicilio o lugar de trabajo del consumidor financiero o de servicios, excepto cuando se trate de las obligaciones adquiridas a través de microcréditos, crédito de fomento, desarrollo agropecuario o rural, siempre y cuando exista autorización expresa del consumidor.
  • La prohibición de efectuar visitas no será aplicable cuando los personas naturales y jurídicos gestoras de cobranza, no cuenten con información actualizado de los canales autorizados y que los operadores de telefonía y empresas de mensajería físico o electrónico reporten imposibilidad de contactar o entregar los mensajes al consumidor destinatario, todo lo cual deberá constar en el registro respectivo.
  • Cuando se trate .de promociones para alimentar bases de datos, el consumidor deberá saberlo y aceptarlo de manera explícita.

Será el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones quien en coordinación con la Comisión de Regulación de Comunicaciones la implementación de !as medidas técnicas necesarias para adaptar el Registro de. Números Excluidos con un plazo de seis (6) meses.

Se obliga el todo mensaje de comunicación habilitar y disponer de un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar en cualquier momento la recepción de mensajes y correos, siempre y cuando no exista el deber contractual de permanecer en la respectiva base de datos de cobro.

Sin duda los modelos de cobranza comienzan una nueva era de reinvención donde la tecnología y las herramientas de inteligencia de Negocio como la Inteligencia Artificial serán sus principales aliados . Y es precisamente este tema el que le dará Foco a la VIII versión del Master Class de Cobranza de Alto Impacto y su ExpoCOBRANZAS Workshop Visión Experta, evento que se desarrollará en Medellín el miércoles 16 y jueves 17 de agosto de 2023 en el Country Club Ejecutivos de Medellín, el que reunirá a los C-Levels del Mundo del Crédito y la Cobranza en momentos en que la calidad de cartera se deteriora aceleradamente. 

Conozca aquí la agenda académica de este interesante evento: https://eventoscicloderiesgo.com/ 

 

DESCARGUE AQUÍ  COMPLETA Ley 2300 de Julio 10 de 2023